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Nueva ley de propia imagen y deepfakes: guía para marcas

Nueva ley de propia imagen y deepfakes: guía para marcas

El Consejo de Ministros aprobó el 13 de enero de 2026 el anteproyecto de la nueva ley del derecho a la propia imagen, que sustituirá a la de 1982 y regula por primera vez los deepfakes: usar con fines comerciales o publicitarios la imagen o la voz de una persona recreada con IA sin su consentimiento será una intromisión ilegítima. Todavía no está en vigor, pero cualquier empresa que publique fotos o vídeos de empleados, modelos o asistentes a eventos debería revisar ya sus autorizaciones.

Actualización (septiembre de 2026): el 7 de julio de 2026 el Consejo de Ministros aprobó el texto como proyecto de ley orgánica y lo remitió al Congreso para su tramitación parlamentaria. Mantiene como intromisión ilegítima el uso comercial o publicitario no autorizado de la imagen o la voz mediante IA. Ministerio de la Presidencia (07/07/2026).

En resumen

  • Es un anteproyecto: tiene que seguir su tramitación y pasar por las Cortes antes de aprobarse.
  • Considera ilegítimo usar sin autorización la imagen o la voz de alguien generada con IA para fines comerciales o publicitarios.
  • Que alguien publique una foto en redes no autoriza a otros a reutilizarla en otro sitio.
  • La edad para consentir el uso de la propia imagen se fija en 16 años.
  • Para las marcas, la prioridad es revisar cesiones de imagen de empleados, modelos y asistentes, y el uso de IA en campañas.

Qué dice el anteproyecto de ley del derecho a la propia imagen sobre deepfakes

Un deepfake es una imagen, un audio o un vídeo creado o manipulado con inteligencia artificial para que parezca real: una persona diciendo algo que nunca dijo o apareciendo donde nunca estuvo. Según la nota del Ministerio de la Presidencia (13/01/2026), el texto actualiza la Ley Orgánica de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, vigente desde 1982, con estas novedades:

Novedad Qué plantea
Deepfakes comerciales Intromisión ilegítima usar sin autorización la voz o la imagen de alguien mediante IA con fines comerciales o publicitarios
Redes sociales Compartir imágenes propias en redes no da derecho a terceros a reutilizarlas en otros lugares
Menores Consentimiento desde los 16 años e intervención de la Fiscalía en casos con menores de 18
Víctimas de delitos Explotar el delito contra la víctima (por ejemplo, en contenidos de true crime) se considera intromisión
Personas fallecidas Se podrá limitar por testamento el uso comercial de su imagen y voz
Creación y sátira Se protege el uso creativo, satírico o de ficción con IA sobre personas con proyección pública si se indica que se ha usado esta tecnología
Indemnizaciones Criterios para calcular el daño moral, que nunca será simbólico

¿Qué cambia para las empresas y las marcas?

La ley vigente ya exige consentimiento para usar la imagen de una persona en publicidad. Lo que añade el anteproyecto es claridad sobre dos situaciones que se han vuelto habituales: recrear a alguien con IA y reutilizar fotos o vídeos que esa persona publicó en sus redes. Para una empresa, los riesgos más comunes son:

  • Empleados: usar su imagen en campañas, o seguir usándola cuando ya no trabajan en la empresa, sin una autorización clara.
  • Modelos y actores: generar nuevas versiones con IA a partir de una sesión antigua, más allá de lo pactado.
  • Asistentes a eventos: publicar primeros planos de personas que no han autorizado aparecer.
  • Clientes e influencers: descargar contenido publicado en sus redes para usarlo en tu web o en anuncios.
  • Voces: clonar la voz de un portavoz o locutor sin consentimiento expreso.

A esto se suma el Reglamento europeo de Inteligencia Artificial (DOUE, 12/07/2024), cuyo artículo 50 obliga a indicar que un deepfake es contenido artificial, con obligaciones aplicables desde el 2 de agosto de 2026.

Checklist: qué revisar en tus cesiones de derechos de imagen

Esta lista es orientativa y no es asesoramiento jurídico. Cada caso debe revisarlo un profesional.

  1. ¿Tienes autorización escrita de cada persona que aparece en tu contenido comercial?
  2. ¿Especifica los usos: web, redes, anuncios pagados, televisión, impresos?
  3. ¿Fija una duración y qué pasa si la persona deja la empresa?
  4. ¿Menciona expresamente la IA: si se permite editar, recrear o generar nuevas imágenes o voz a partir del material?
  5. ¿Contempla menores y cómo se obtiene su consentimiento o el de sus representantes?
  6. ¿Tienes un sistema en eventos: aviso de grabación, zonas sin cámara y forma de oponerse?
  7. ¿Controlas el contenido de terceros que republicas desde redes sociales?
  8. ¿Etiquetas el contenido generado con IA cuando puede confundirse con algo real?

Cómo aplicarlo en tus rodajes y sesiones de fotos

  • Antes: prepara los documentos de cesión con tu asesor y envíalos antes del rodaje, no el mismo día con prisas.
  • Durante: en eventos y ferias, señaliza que se graba y ofrece una forma sencilla de no aparecer, por ejemplo, una acreditación de otro color.
  • Después: archiva las autorizaciones junto al material y revisa los planos de público antes de publicar.
  • Con IA: no generes ni modifiques personas reales sin un consentimiento que lo cubra de forma explícita.

En Canarias, con tantas ferias, festivales y eventos al aire libre, el punto de los asistentes es especialmente relevante: el público cambia constantemente y no siempre sabe que se está grabando.

Preguntas frecuentes

¿Qué dice la nueva ley sobre los deepfakes?

El anteproyecto aprobado el 13 de enero de 2026 considera intromisión ilegítima usar sin autorización la imagen o la voz de una persona recreada con inteligencia artificial para fines comerciales o publicitarios. Protege, en cambio, los usos creativos, satíricos o de ficción sobre personas con proyección pública si se indica que se ha usado IA. Todavía debe completar su tramitación.

¿Está en vigor la nueva ley del derecho a la propia imagen?

No. En enero de 2026 el Gobierno aprobó un anteproyecto, que es el primer paso de la tramitación. El texto todavía tiene que pasar por los trámites previstos y por las Cortes Generales antes de aprobarse. Mientras tanto sigue vigente la ley de 1982, que ya exige consentimiento para usar la imagen de una persona con fines comerciales.

¿Puedo usar en mi web una foto que un cliente publicó en Instagram?

No deberías hacerlo sin su autorización. La ley actual ya protege la propia imagen, y el anteproyecto aclara que compartir fotos en redes sociales no concede a terceros el derecho de reutilizarlas en otros lugares. Lo prudente es pedir permiso por escrito indicando dónde y cómo la vas a usar, y consultar con un profesional si tienes dudas.

¿Qué debe incluir una cesión de derechos de imagen?

Como mínimo, quién cede la imagen, qué material incluye, en qué canales se usará, durante cuánto tiempo y en qué territorio. Con la IA conviene añadir si se permite editar o generar nuevas imágenes o voz a partir de ese material. Como tiene implicaciones legales, lo recomendable es que un profesional revise el modelo de documento.

Rodar con permisos claros desde el primer día

En producción audiovisual, los derechos de imagen no son papeleo: son lo que permite usar el contenido sin sustos. En Orbit Media Lab planificamos cada rodaje y cada cobertura de eventos y ferias teniendo en cuenta quién aparece y cómo se va a usar el material, igual que en nuestras sesiones de fotografía profesional para empresas.

Si vas a grabar a tu equipo o un evento y quieres hacerlo bien desde el principio, cuéntanos tu proyecto.

Fuentes

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